Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un exfuncionario del antiguo Servicio de Prisiones, exonerado político, que pedía reliquidar su pensión no contributiva, por gracia, considerando la remuneración que percibía al 11 de septiembre de 1973 e incluyendo un quinquenio penitenciario. La Dirección de Previsión de Carabineros de Chile informó que el monto vigente, calculado sobre el cargo que servía a la fecha de su exoneración, era superior al que resultaría de la reliquidación pedida. El organismo contralor, ratificando sus dictámenes anteriores, concluyó que la pensión que percibe el solicitante es más favorable que la reliquidación requerida, pues no le resulta aplicable el inciso sexto del artículo 12 de la ley N° 19.234, ya que su remuneración al 11 de septiembre de 1973 era menor que la asignada a su cargo al momento de la exoneración, por lo que su beneficio previsional se mantiene en el grado 13 de la E.U.S.