Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la reclamación de un ex trabajador de una institución de protección de menores, quien cuestionaba el proceso de calificación de su pérdida de capacidad de trabajo realizado por la Comisión Médica de Chillán de la Superintendencia de Pensiones, lo que, a su juicio, le impidió acceder a una pensión de invalidez en el régimen de capitalización individual. El organismo recordó que, mediante un oficio previo de la Contraloría Regional del Bío-Bío, se había concluido que no le correspondía pronunciarse sobre los aspectos técnicos considerados por la Superintendencia para determinar que la pérdida de capacidad de trabajo alcanzaba un porcentaje igual o superior al 50% pero inferior a dos tercios, insuficiente para otorgar el beneficio. Se fundó en que la ley N° 20.255 atribuye a la Superintendencia de Pensiones la fiscalización del cumplimiento de la normativa en el proceso de calificación de invalidez. Como el reclamante no aportó antecedentes nuevos que alteraran lo ya concluido, el dictamen ratificó íntegramente el pronunciamiento anterior.