Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si la modificación del grado de asimilación de un funcionario a contrata, durante el año 2015, constituye una prórroga o una nueva designación para efectos de la suspensión de compatibilidad que establecía el artículo 5° de la ley N° 20.798. El organismo recordó que los empleos a contrata son transitorios, duran como máximo hasta el 31 de diciembre de cada año, y que la referencia legal debe entenderse hecha al artículo 87, letra d), del Estatuto Administrativo. Concluyó que una contrata se prorroga sólo cuando se extiende en los mismos términos, es decir, con igual planta de asimilación y mismo grado. Por ello, si durante 2015 cambia el grado de asimilación, se trata de una nueva designación que hace perder al funcionario el cargo que conserva en la institución, sin que resulte aplicable la excepción de renovación de la contrata.