Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si el aumento de grado de una contrata durante 2015 constituye una nueva designación que hace incurrir a una funcionaria en la incompatibilidad establecida por el artículo 5° de la ley N° 20.798, que suspendía la compatibilidad entre cargos titulares y contratas, sin extenderla a la renovación de contratas compatibles en 2014. El órgano precisó que la referencia del citado artículo al artículo 81, letra d), de la ley N° 18.834 debe entenderse hecha al artículo 87 del mismo cuerpo legal. Concluyó que una prórroga sólo existe cuando el vínculo se extiende en los mismos términos de la designación original, incluido el grado, de modo que si el grado cambia se trata de una nueva designación. Agregó que, si el aumento de grado se hubiera consolidado en 2015, habría implicado una nueva designación que haría cesar de pleno derecho a la recurrente en su cargo titular, sin aplicar la excepción de renovación, aunque en el caso concreto el aumento no se consolidó por haber operado una invalidación.