Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra la Municipalidad de Lolol, por la negativa a entregar información sobre diversas materias municipales, entre ellas ofertas programáticas sobre acoso callejero, institucionalidad ambiental, cuidado de mascotas, fiscalización, ayudas a familias durante la pandemia, convenios en materia de VIH, registros de clubes deportivos, sistematización de denuncias de acoso callejero, aportes para educación superior y ordenanzas. El Consejo estimó que se trataba de información pública, que no constaba su remisión a la solicitante y que el órgano no alegó hechos ni causales de secreto o reserva que justificaran la denegación. Ordenó entregar lo requerido en un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, previa tarja de datos personales y sensibles conforme a la Ley sobre Protección de la Vida Privada. Si la información no obra en poder del órgano, deberá comunicarlo fundadamente. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en 15 días corridos desde la notificación.