Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una exfuncionaria del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, pensionada por invalidez, que pretendía acceder al incentivo al retiro de la ley N° 20.612. La peticionaria sostenía que, tras la reevaluación de su invalidez transitoria a definitiva total, debía reconocérsele el beneficio. El organismo consultado informó que no le correspondía. El órgano contralor concluyó que el inciso final del artículo 6° de la ley exige haber obtenido la pensión de invalidez del decreto ley N° 3.500 entre el 1 de julio de 2010 y el 30 de junio de 2014. Como la interesada accedió a su pensión en 2008, antes de ese período, no cumple el requisito, y la posterior reevaluación de su invalidez no altera esa conclusión. Por ello, no tiene derecho al bono.