Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente los amparos presentados contra la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, que había denegado el acceso a determinados memorándums. El órgano sostuvo que se trata de información pública y que no concurre la causal de reserva por distracción indebida de las funciones del órgano, por lo que ordenó su entrega, debiendo tarjarse previamente los datos personales de contexto conforme a la Ley sobre Protección de la Vida Privada, en aplicación del principio de divisibilidad. Asimismo, rechazó los amparos respecto de la copia del informe, preinforme u otros documentos de una auditoría interna a un programa de la Región de Los Ríos, por concurrir la causal de reserva del artículo 21 N°1 letra b) de la Ley de Transparencia. El órgano deberá cumplir la entrega en un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, acreditándola ante el Consejo.