Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la presunta vulneración de los derechos que el artículo 25, incisos cuarto, quinto y final, de la ley N° 19.296 reconoce a los directores de asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado, así como del Convenio N° 151 de la Organización Internacional del Trabajo. La recurrente sostenía que el Ministerio involucrado no entregaba oportunamente la información solicitada ni permitía su participación en el estudio de políticas laborales. El organismo recordó que las autoridades deben recibir oportunamente a los dirigentes y proporcionarles la información pertinente, así como permitir su participación en esas materias. Sin embargo, constató que el Jefe de Gabinete del Ministerio había respondido a los requerimientos mediante oficios y correos electrónicos, y que hubo encuentros con el Subsecretario del Interior en 2010 y 2011, lo que estimó suficiente en forma y periodicidad, considerando también el deber de eficiente administración previsto en la ley N° 18.575. En consecuencia, concluyó que no existía omisión que implicara infracción a los derechos de los directores de la federación recurrente.