Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema de Chile confirmó la condena dictada por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que impuso una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de 19 UTM y accesorias legales, por el delito consumado de cultivo de especies vegetales del género cannabis (artículo 8° de la Ley 20.000). Los hechos ocurrieron el 2 de marzo de 2023 en la comuna de Estación Central, Santiago, donde se incautaron 140 plantas de cannabis, muchas de ellas en estadios tempranos de desarrollo o en mal estado. La defensa del condenado interpuso recurso de nulidad, alegando infracción a garantías constitucionales y al debido proceso, así como la causal de justificación del artículo 8° de la Ley 20.000 por uso medicinal y consumo personal próximo en el tiempo. El recurso fue rechazado en todos sus extremos, confirmando que no se acreditó que el cultivo estuviera destinado exclusivamente al consumo personal y próximo en el tiempo del acusado. La Corte Suprema sostuvo que la cantidad de plantas, el contexto de la incautación y la falta de prueba sobre la proximidad temporal del consumo personal descartaron la tesis de uso medicinal exclusivo. La sentencia fue redactada por el Abogado Integrante Sr. Gandulfo.