Resumen del criterio jurisprudencial
No procede el pago de intereses en relación con los estados de pago que se indican, ni por la demora en la liquidación del contrato que se señala, suscrito por la Dirección de Vialidad.
No procede el pago de intereses en relación con los estados de pago que se indican, ni por la demora en la liquidación del contrato que se señala, suscrito por la Dirección de Vialidad.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.