Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra la Municipalidad de Nogales, que había negado información sobre los árboles públicos de la comuna. Se ordenó informar la cantidad, real o estimada, de árboles existentes, y en caso de que el municipio no disponga de ella, comunicarlo a la solicitante y al Consejo con las razones detalladas, por no haberse acreditado la inexistencia de la información según el estándar fijado por la Corporación. Se rechazó el amparo en cuanto a la cantidad de árboles podados y talados en 2017, porque el municipio explicó que el contrato de aseo y mantención de áreas verdes solo consideró un dato global de las áreas verdes, sin un levantamiento detallado de poda y tala, y el Consejo no contó con antecedentes que desvirtuaran esa explicación. El municipio deberá cumplir en un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia, y acreditar la entrega.