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El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado por una ciudadana en con…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2018

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado por una ciudadana en contra de la Municipalidad de Tucapel, por la negativa a entregar información. Lo pedido comprendía los montos mensuales comprometidos con empresas para la mantención de áreas verdes de la comuna, copia de los respectivos contratos, y el número de árboles públicos podados durante 2017. El Consejo acogió el amparo respecto de los montos y los contratos, teniendo por entregada esa información aunque de forma extemporánea, ya que el órgano la acompañó junto a sus descargos. Rechazó el amparo en cuanto a la cantidad de árboles podados, por tratarse de información inexistente, sin antecedentes que permitieran desvirtuar lo señalado por la municipalidad. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Oficio N° 1324
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de FondoOtros; Aseo y Ornato

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un órgano de la administración entrega la información pedida por transparencia recién durante el procedimiento de amparo?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo respecto de los montos y contratos solicitados y los tuvo por entregados, aunque de forma extemporánea, porque la municipalidad los acompañó junto a sus descargos.

¿Procede el amparo a la Ley de Transparencia si el órgano responde que la información solicitada no existe?

En este caso, el Consejo rechazó el amparo en cuanto a la cantidad de árboles podados por tratarse de información inexistente, al no haber antecedentes que desvirtuaran lo señalado por la municipalidad.

¿Cuál es el plazo para reclamar de una decisión del Consejo para la Transparencia que resuelve un amparo?

En este caso, el Consejo indicó que contra su decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación.

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