Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoAcoge

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra la Municipalidad…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra la Municipalidad de Peñalolén por la tala de árboles en un sector de la comuna. Se discutía el acceso a informes sobre los daños que los árboles causaron en veredas y propiedades privadas, sobre el peligro que representaban para las viviendas, y sobre la inversión municipal en su plantación y mantención hasta su tala. El Consejo estimó que esta información era pública y que el municipio no la entregó satisfactoriamente, sin invocar causal de reserva alguna, por lo que ordenó su entrega, junto con el número de árboles talados en 2018 que habían sido podados en años anteriores, siempre que obrara en poder del órgano. Si esta última información no existiera, deberá acreditarlo en la etapa de cumplimiento. Se rechazó el amparo respecto de dos consultas que pedían pronunciamientos sobre causas y efectos de las podas, por tratarse de un ejercicio del derecho de petición y no del acceso a la información pública.

Normas citadas

  • Constitución Política de la República
  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Un municipio puede negarse a entregar informes sobre árboles talados si no invoca una causal de reserva?

En este caso, el Consejo para la Transparencia estimó que la información era pública y que el municipio no la entregó satisfactoriamente, sin invocar causal de reserva alguna, por lo que ordenó su entrega.

¿Las consultas que piden pronunciamientos sobre causas y efectos de una poda se tramitan como acceso a la información pública?

En este caso, el Consejo rechazó el amparo respecto de dos consultas que pedían pronunciamientos sobre causas y efectos de las podas, por tratarse de un ejercicio del derecho de petición y no del acceso a la información pública.

¿Qué ocurre si el órgano público no tiene la información solicitada sobre árboles podados y luego talados?

En este caso, el Consejo ordenó entregar el número de árboles talados en 2018 que habían sido podados en años anteriores, siempre que obrara en poder del órgano. Si no existiera, el municipio deberá acreditarlo en la etapa de cumplimiento.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2020 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra la Municipalidad de Puerto Mon…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

  • El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por una solicitante en cont…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido en contra de la Municipalida…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

  • El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado por una ciudadana en con…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2018

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.