Resumen
La Contraloría General de la República conoció la impugnación de una funcionaria pública de la Tesorería Provincial de Las Condes, quien reclamaba que su calificación fue notificada sin entregársele copia del acuerdo de la Junta Calificadora, lo que a su juicio le impidió ejercer su derecho a defensa, y que tanto los informes de desempeño como las resoluciones que resolvieron su apelación carecían de fundamentos precisos. El organismo constató que, conforme al artículo 31 del decreto N° 1.825 de 1998 del ex Ministerio del Interior, debía entregarse copia del acuerdo, pero concluyó que la funcionaria tomó conocimiento de sus fundamentos al solicitar el acta y al formular su apelación, por lo que no se produjo indefensión. Asimismo, estimó que los informes de desempeño expresaban los motivos por los cuales no se le asignó nota de excelencia, que la Junta hizo suyos esos argumentos y dejó constancia de haber oído a la jefatura respectiva, y que la resolución de la apelación también contenía motivos suficientes. En consecuencia, desestimó las alegaciones y ratificó la evaluación en Lista N° 1, de distinción, con 66,5 puntos.