Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoció el recurso de nulidad interpuesto por la defensa contra la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán que condenó al acusado a 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de una UTM y accesorias, como autor del delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, hecho ocurrido el 19 de febrero de 2024 en San Carlos. La defensa alegó en forma principal la causal del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por vulneración al debido proceso, señalando que la detención y revisión del vehículo y vestimentas de su representado fueron ilegales, toda vez que no tenía la calidad de detenido ni controlado, y que la droga fue encontrada en el coacusado. Subsidiariamente, invocó el motivo del artículo 374 en relación con el artículo 342 letra c), por falta de fundamentación y vulneración al principio de razón suficiente, argumentando que la cantidad de droga (menos de 8 gramos) y la tenencia de una balanza digital eran compatibles con un consumo personal. La Segunda Sala rechazó el recurso de nulidad, confirmando la condena, al considerar que el procedimiento policial se ajustó a derecho y que la prueba reunida fue suficiente para acreditar la participación del condenado en el ilícito de microtráfico.