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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talagante condenó a Manuel Humberto Encina Va…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talagante condenó a Manuel Humberto Encina Valdivia por tráfico ilícito de pequeñas cantidades de drogas el 20 de enero de 2025. La defensa interpuso recurso de nulidad alegando que el control de identidad realizado por Carabineros vulneró el debido proceso y la libertad ambulatoria. La Corte Suprema, al pronunciarse el 20 de febrero de 2026, aceptó la nulidad del fallo por infracción a los artículos 373 letra a) del Código Procesal Penal y a normas constitucionales. Asimismo, consideró que la aplicación de la atenuante del artículo 11 N° 9° del Código Penal y la exclusión del artículo 62 de la Ley 20.000 fueron erróneas. En consecuencia, anuló la sentencia y ordenó la retrotracción de los autos para la realización de un nuevo juicio oral. El fallo incluye la firma del Ministro Hernán Crisosto y menciona la existencia de un voto disidente sin especificar sus autores.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.