Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado en contra de la Municipalidad de Rengo, que no respondió dentro de plazo una solicitud de información relativa al Plan Municipal de Cultura. El órgano reclamado no justificó que la entrega debiera realizarse de forma distinta a la pedida por el solicitante, y la remisión telemática resultó conforme a la jurisprudencia del Consejo, a la Instrucción General N° 10 y al principio de facilitación de la Ley de Transparencia. En consecuencia, se ordenó la entrega de la información, con acreditación posterior de su cumplimiento, y se representó a la municipalidad la infracción a los artículos 14 y 11 letra h) de la ley por no responder oportunamente.