Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra la Corporación Municipal de Quellón, que había negado el acceso a información sobre una funcionaria municipal. Se ordenó entregar los informes mensuales, el detalle de los pagos de sus boletas de honorarios y los informes de gestión profesional visados por la jefatura, desde el inicio de sus prestaciones hasta la fecha del requerimiento. El Consejo fundamentó la decisión en que los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio social respecto de sus antecedentes administrativos y profesionales, y en que descartó afectación a derechos de terceros. Antes de la entrega, deberán tarjarse los datos personales de contexto contenidos en los documentos, conforme a la Ley sobre protección de la vida privada. La resolución advierte sanciones por incumplimiento, de multa de 20% a 50% de la remuneración correspondiente conforme al artículo 46 de la Ley de Transparencia, y ordena acreditar la entrega efectiva ante el Consejo. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en 15 días corridos.