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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por un ciudadano contra la…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por un ciudadano contra la Corporación Municipal de Quellón, por la negativa a entregar información sobre la calificación del personal y las asignaciones de una funcionaria. El Consejo ordenó entregar el puntaje de calificación correspondiente al año anterior a que la funcionaria asumiera como encargada de personal, la asignación de tramo y monto por mérito asignado, y la información sobre asignaciones transitorias, cualquiera sea su procedencia legal. Fundamentó la decisión en que la función pública debe ejercerse con probidad y transparencia, obligación de rango constitucional, citando precedentes previos del Consejo. El organismo deberá cumplir en un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoOtros

Preguntas frecuentes

¿Se puede pedir a un municipio o corporación municipal información sobre la calificación y las asignaciones de un funcionario en Chile?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo y ordenó a la Corporación Municipal de Quellón entregar la calificación del año anterior, la asignación de tramo y mérito y la información sobre asignaciones transitorias, pues la función pública debe ejercerse con probidad y transparencia.

¿Qué plazo tiene un organismo público para cumplir una resolución del Consejo para la Transparencia que acoge un amparo?

En este caso, el Consejo ordenó a la Corporación Municipal de Quellón cumplir en cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia.

¿Puede negarse el acceso a información sobre asignaciones de personal alegando su reserva o confidencialidad?

En este caso, el Consejo acogió el amparo contra la negativa a entregar esa información y sostuvo que la transparencia en el ejercicio de la función pública es una obligación de rango constitucional, por lo que ordenó su entrega.

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