Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido por una persona en contra del Servicio Nacional de Migraciones, únicamente en cuanto a la extemporaneidad de la respuesta entregada a una solicitud de información sobre el estado de su situación migratoria. El organismo, durante la tramitación del procedimiento, respondió la solicitud, sin que la reclamante presentara objeciones posteriores a lo informado. El Consejo recordó que las personas tienen derecho a conocer, en cualquier momento, el estado de los procedimientos en los que son interesadas, y descartó que la solicitud fuera reiterativa o abusiva, considerando el tiempo transcurrido entre los requerimientos. La decisión fue adoptada por unanimidad y, contra ella, procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde su notificación.