El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento que impugnaba la prohibición de pen…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2018
Resumen
El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento que impugnaba la prohibición de penas sustitutivas para ciertos delitos vinculados al control de armas. La parte requirente sostenía que esa exclusión vulneraba el principio de igualdad ante la ley. El Tribunal rechazó el requerimiento. Razonó que suprimir penas sustitutivas en determinados delitos es una facultad racional del legislador, que busca dar efectividad al cumplimiento de la pena y limitar la discrecionalidad judicial. Además, la parte requirente no formuló un test de igualdad que permitiera comparar situaciones equivalentes. Agregó que la Constitución mandata expresamente el control y supervigilancia de las armas, lo que justifica un tratamiento diferenciado respecto de delitos que protegen otros bienes jurídicos.
Normas citadas
artículo 38, inciso quinto, de Ley N° 18.902
artículo 38 ter, de Ley N° 18.902
artículo 2, de Ley Nº17.798
artículo 199, de D.S. N° 170
artículo 65, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 66, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 67, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 68, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social
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