Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo interpuesto por un particular en contra del Servicio de Impuestos Internos, tras una solicitud de información que el organismo respondió y que luego fue reiterada, incluyendo una nueva petición formulada en el amparo. El Consejo determinó que la emisión de actos administrativos no se encuentra amparada por la Ley de Transparencia, por lo que el actuar del Servicio se ajustó a la normativa vigente, y en consecuencia rechazó el amparo por unanimidad. No obstante, señaló que el requerimiento constituye un ejercicio del derecho de petición, que debe ser tramitado por el Servicio conforme a la normativa vigente. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación, y no procede el recurso de reposición.