Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo contra del Servicio de Impuestos Internos, ordenando la entrega de la circular Nº 31, de fecha 26 de octubre de 2005. Lo anterior, por cuanto, se trata de información pública respecto de la cual no se justificó ni acreditó la configuración de las causales de secreto o reserva de afectación del debido cumplimiento de las funciones del órgano y la afectación al interés nacional - particularmente los intereses económicos-, invocadas en esta sede. Aplica criterio contenido en las decisiones de amparos Roles C985-18, C2890-18, C3952-18 y C4257-20, en las que se estableció que las instrucciones, órdenes u actos de administración interna son información pública, salvo que concurra a su respecto alguna de las causales contempladas en el artículo 21 de la Ley de Transparencia, situación que en la especie no concurre.