Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un ex trabajador del A.A.L. 2 de Cunaco, declarado exonerado político, que pedía una pensión no contributiva por gracia. Tras devolver sin tramitar una resolución del Ministerio del Interior que concedía ese beneficio, por no reunir 15 años de afiliación, y tras el abono de 9 meses otorgado por resolución posterior, el organismo comprobó que el interesado sólo contaba con 14 años, 5 meses y 10 días de tiempo válido, sin computar las imposiciones entre su exoneración y 1990, al no corresponder según el artículo 6° de la ley N° 19.234. Por ello concluyó que no tiene derecho a la jubilación no contributiva, ratificando el oficio anterior, aunque se le indicó que, con 10 años computables, podría solicitar una pensión de invalidez o vejez si cumple los demás requisitos legales.