Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de prórroga de plazo para reemplazar un taxi inscrito en el Registro Nacional. Un interesado pidió que se extendiera el plazo para inscribir un vehículo más nuevo, petición que la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana no acogió por considerar que los antecedentes y razones invocados no permitían configurar una situación que habilitara inscribir un vehículo fuera del lapso reglamentario. El organismo recordó que el artículo 73 bis del decreto N° 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, fija un plazo de 18 meses desde la cancelación del taxi por exceder la antigüedad máxima para efectuar el reemplazo, y que la solicitud y la acreditación de requisitos deben verificarse dentro de ese término. Constató que el vehículo saliente fue cancelado en diciembre de 2009, por lo que el plazo venció en junio de 2011, y que la petición de prórroga fue presentada después de ese vencimiento. Concluyó que dicha solicitud era extemporánea y que sus argumentos no eran reglamentariamente admisibles, por lo que no advirtió reproches de legalidad en la decisión reclamada.