Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo presentado por un ciudadano en contra de la Corporación Municipal de Educación y Salud de San Bernardo, por una solicitud de acceso a información. El órgano reclamado sostuvo que la información requerida no obraba en su poder, pero igualmente entregó toda la información disponible sobre lo consultado. El Consejo recordó que el artículo 10 de la Ley de Transparencia alcanza sólo la información que consta en actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos y acuerdos, o en un formato o soporte determinado, por lo que no procede exigir entrega de antecedentes que no existen o que no están en poder del órgano. Por esa razón, la decisión fue el rechazo del amparo, sin perjuicio del reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones dentro de 15 días corridos desde la notificación.