El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto por un particular contra…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024
Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto por un particular contra la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, que buscaba acceder a las notas diplomáticas intercambiadas con el R.U.E. entre octubre de 1998 y marzo de 2000. El organismo concluyó que la divulgación unilateral de esa información afectaría con alta probabilidad y de modo sustancial la confianza y la fluidez de los canales de comunicación del Estado de Chile con sus pares, lo que configura la causal de reserva del artículo 21 n.°4 de la Ley de Transparencia, relativa al interés nacional. Asimismo, estimó que podría afectarse el debido funcionamiento del Ministerio de Relaciones Exteriores, causal del artículo 21 n.°1. La decisión se apoyó en criterios sostenidos en diversos amparos previos. Contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en 15 días corridos, sin que los órganos de la Administración puedan reclamar cuando la denegación se fundó en la causal del artículo 21 n.°1.
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