Resumen
El tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía no dió lugar al reclamo presentado por el contribuyente "servicios de restaurant rodrigo ilabaca robles eirl", representado legalmente por don rodrigo ilabaca robles, formulado en contra de la infracción cursada por funcionarios de la ix dirección regional del servicio de impuestos internos por no emisión de documentos tributarios por ventas de entradas al local de la reclamante. manifestó el contribuyente que las diferencias detectadas por los fiscalizadores se explicaban por la existencia en caja de un saldo inicial mayor que el informado por el dependiente. consideró al efecto el tribunal que la actuación del servicio de impuestos internos se encontraba debidamente fundada en los antecedentes constatados personalmente por los funcionarios actuantes y se demostró en el transcurso del proceso que la tesis sostenida por el reclamante era incongruente, ya que de haber sido efectiva la existencia de una suma mayor en caja, el arqueo realizado por los dependientes en presencia de los funcionarios habría arrojado una cantidad de dinero mayor a la establecida.