Resumen
El tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía acogió el reclamo presentado por doña lorena vega lizama, en representación de la sociedad consultores ambfor limitada, en contra de la notificación de infracción folio 1406705, de fecha 26 de enero de 2019, por infracción descrita y sancionada en el artículo 97 n° 10 del código tributario, configurada por la no emisión de boletas en la venta de comidas y bebidas efectuadas durante el día 25 de enero del presente año. estimó al efecto el tribunal que de acuerdo al análisis comprensivo de los antecedentes probatorios aportados al proceso, se concluyó que no existían elementos de convicción que permitieran establecer que la reclamante haya incurrido en la infracción denunciada, por cuanto se comprobó del análisis de la documentación acompañada por la reclamante que respecto del consumo reflejado en la comanda que habría dado origen a la infracción cursada se emitió el correspondiente documento tributario, como se pudo inferir del examen de la copia de la comanda y del comprobante de transbank agregados en autos, lo que permitió arribar a la convicción que la reclamante no incurrió en la figura infraccional que se denuncia en autos.