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El tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía no dió lugar al reclamo…

Resumen del criterio jurisprudencial

El tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía no dió lugar al reclamo presentado por el contribuyente ramon luis figueroa constanzo, en contra de la infracción cursada por funcionarios de la ix dirección regional del servicio de impuestos internos por no emisión de documentos tributarios por ventas de entradas y de bebidas alcohólicas y analcohólicas en una fiesta al aire libre desarrollada el 15 de febrero de 2014 en la ciudad de pucon. manifestó el reclamante que los antecedentes que tuvieron a la vista los funcionarios para cursar la infracción no eran efectivos, ya que el monto de la operación era ostensiblemente menor al señalado en el acto reclamado. consideró el tribunal al efecto que la infracción cursada por el servicio de impuestos internos se encontraba debidamente fundada en los antecedentes constatados personalmente por los funcionarios actuantes; sin embargo, estimo también el sentenciador que el ente fiscalizador no acompañó antecedentes probatorios suficientes para demostrar que el monto de la operación ascendió a la suma de $800.000.-, por lo cual, y en base a los antecedentes documentales acompañados a la causa, consistentes en los comprobantes de entradas a la fiesta, determinó finalmente el monto de la infracción en la suma de $432.000.-

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.