Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo deducido por una ciudadana en contra del Servicio de Salud Chiloé, que había sido requerido de información sobre las visitas médicas realizadas al H.A.S.V.P.A., incluyendo su frecuencia y fechas. El Servicio señaló que dicha información no obraba en su poder, y el Consejo concluyó que, al no existir antecedentes que contradigan esa afirmación, no correspondía exigirle entregar lo solicitado. Además, se constató que, aunque de forma extemporánea, la solicitud fue derivada al Departamento de Salud Municipal de Ancud. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde su notificación.