Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre un reclamo contra la multa aplicada por la Subsecretaría de Transportes a una empresa prestadora de servicios de información y atención a usuarios del Transantiago, conforme a una cláusula del respectivo contrato. Se constató que la empresa no publicó oportunamente información sobre el trayecto de los servicios, combinaciones, rutas alternativas, itinerarios y frecuencias, la cual le había sido proporcionada por la autoridad. El contrato establece un procedimiento sancionatorio que contempla formulación de cargos, plazo para contestar, resolución final y recursos de reposición y jerárquico conforme a la ley N° 19.880. La Subsecretaría formuló el cargo, la empresa lo contestó, y tanto la Subsecretaría como el Ministro resolvieron los recursos administrativos. Por ello, la Contraloría estimó que la potestad sancionatoria se ejerció conforme al procedimiento y con fundamentos suficientes, y no acogió el reclamo.