Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si una sanción disciplinaria aplicada a un funcionario de Carabineros de Chile puede considerarse en su evaluación calificatoria. El dictamen explica que el Reglamento de Selección y Ascensos exige valorar los antecedentes del período correspondiente, que los sumarios sólo se consideran cuando existe dictamen, y que las sanciones se anotan en el Libro de Vida sólo cuando quedan a firme. Como no consta la fecha en que la medida de arresto de treinta días quedó firme, el organismo concluye que sólo podría ser considerada si adquirió esa condición antes de la fecha de inicio del proceso calificatorio, lo que no puede determinarse con los antecedentes examinados. Por ello, si la sanción fue ponderada indebidamente, ello vulneraría la legalidad del proceso, aunque no es posible establecerlo en este caso. Asimismo, reitera que los funcionarios desvinculados por calificación deficiente pueden acceder al subsidio de cesantía si cumplen los requisitos del artículo 62 del D.F.L. N° 150, de 1981.