1) En caso de negativa del trabajador a firmar su contrato de trabajo por medios electr…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 2011
Resumen
1) En caso de negativa del trabajador a firmar su contrato de trabajo por medios electrónicos, el empleador debe recurrir al procedimiento señalado en el inciso 3º del artículo 9 del Código del Trabajo. 2) En caso de existir impedimentos físicos o geográficos para suscribir digitalmente la documentación laboral, el empleador debe tomar las providencias necesarias para subsanar los inconvenientes y permitir la firma del trabajador.
Normas citadas
Código del Trabajo
Artículo 9 del Código del Trabajo
Ley N° 19.799
Artículo 1º de la Ley N° 19.799
Artículo 10 del Código del Trabajo
Artículo 8º del Código del Trabajo
Lee el documento completo
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.