Laboral

1) No existe inconveniente para que los empleadores utilicen el sistema de generación,…

Resumen del criterio jurisprudencial

1) No existe inconveniente para que los empleadores utilicen el sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral denominado "TAZKI". 2) El proceso de suscripción de documentación electrónica planteado en la presentación se ajusta a la normativa legal y administrativa vigente. 3) No existen inconvenientes jurídicos para rubricar electrónicamente los documentos asociados al área de salud y seguridad ocupacional, en la medida que se utilice una solución que cumpla con lo dispuesto en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015. 4) No existen inconvenientes jurídicos para que la solución consultada permita que los trabajadores firmen electrónicamente un documento que acredite su comparecencia física o remota a actividades laborales, siempre y cuando dicha información no sea considerada dentro del respectivo sistema de registro y control de asistencia.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.