Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por una ciudadana en contra del Servicio de Salud Valdivia, relativo a información sobre subdirecciones médicas, administrativas, de gestión de personas y de gestión del cuidado de hospitales dependientes del órgano en el período consultado. El órgano entregó la información de forma extemporánea, y el Consejo tuvo por entregado lo pedido en esa forma, dado que la reclamante no formuló observaciones tras el apercibimiento. Además, representó al Director del Servicio la infracción al principio de oportunidad del artículo 11 letra h) de la Ley de Transparencia, por haber entregado la información sólo durante la tramitación del amparo, a fin de evitar reiteraciones. La resolución fue adoptada por unanimidad y admite reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones dentro de 15 días corridos desde su notificación.