Resumen del criterio jurisprudencial
Ley N° 16.744. Accidente de Trayecto. Los trabajadores que se trasladan diariamente, de ida o regreso, entre su habitación y su lugar de trabajo, se encuentran expuestos a la agresividad, en general, a delitos contra las personas y propiedad, por lo que no puede indicarse que el ser víctima de una agresión o un robo, como en la especie, no sea un riesgo inherente al trayecto.