Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo deducido contra la Corporación Nacional Forestal y de Protección de Recursos Naturales Renovables, relativo al tarjado de datos en documentos entregados por el organismo. El Consejo ordenó remitir nuevamente los documentos, otorgando acceso a los nombres de las personas jurídicas, por considerar que la Ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada no es aplicable a ellas, que el tarjado era improcedente y que no concurrían causales de secreto o reserva. En cambio, rechazó el amparo en cuanto al tarjado de datos personales de personas naturales, al estimar que la actuación del órgano se ajustó a la ley sobre protección de la vida privada y a la Ley de Transparencia. La decisión puede ser reclamada de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro del plazo legal.