Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una funcionaria de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región del Bío-Bío que reclamaba el pago de la asignación del artículo 4° de la ley N° 19.490, la cual se otorga a quienes han contribuido al logro de las metas institucionales y requiere, además, ser evaluado. El organismo recordó su jurisprudencia según la cual el beneficio tiene por finalidad incentivar y premiar ese cumplimiento. Aplicó luego el artículo 40 de la ley N° 18.834, que dispone que no serán calificados los servidores que hayan desempeñado efectivamente sus funciones por menos de seis meses en el periodo de evaluación, conservando en tal caso la calificación del año anterior. Precisó que las ausencias por feriado, licencias médicas o permisos que superen ese lapso encuadran en dicha norma. Constatado que la funcionaria registró inasistencias por 189,5 días en el periodo evaluatorio, concluyó que no cumplía el requisito de desempeño mínimo para ser calificada y, por tanto, no reunía los requisitos para percibir el beneficio durante el año 2015, desestimando su alegación. Por último, rechazó el argumento de desconocimiento de la norma, invocando el artículo 8° del Código Civil.