Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo interpuesto por una solicitante en contra de la Subsecretaría de Educación, relacionado con información sobre el proceso de evaluación docente del año 2022. El órgano entregó, aunque de manera extemporánea, los antecedentes sobre profesión, especialidad y años de experiencia en aula de los correctores de portafolio, pues con ocasión de sus descargos remitió documentación que permitía responder esa parte de la solicitud. Sin embargo, el Consejo rechazó el amparo respecto de la identidad de los correctores y de cualquier otro dato que permita identificarlos, por configurarse la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia, al tratarse de datos personales cuya divulgación afectaría sus derechos. La decisión se fundó en precedentes previos del propio Consejo y fue adoptada por unanimidad, admitiendo reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente.