Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra el Hospital Regional de Coyhaique por la negativa a entregar información sobre su personal con dependencia directa e indirecta, el presupuesto con administración directa y la distribución del personal por áreas (clínica, administrativa y operaciones-mantenimiento). El Consejo ordenó la entrega de los datos y, si parte de ellos no obra en poder del hospital, exigió informarlo fundadamente en la etapa de cumplimiento. Lo decidió por tratarse de información de naturaleza pública, descartando la distracción indebida y la inexistencia alegada por la reclamada. Asimismo, tuvo por cumplida de forma extemporánea la obligación de informar respecto de una parte de la información. Se otorgó un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia.