Resumen
La Contraloría General de la República rechazó la solicitud de una funcionaria que, por desempeñar cargos paralelos, cotizó simultáneamente en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y en una administradora de fondos de pensiones, y pretendía que las imposiciones enteradas en la AFP por labores en un hospital de la Fuerza Aérea regidas por la ley N° 18.476 fueran traspasadas a la Caja. El organismo concluyó que no procede dicho traspaso, porque esas labores están afectas obligatoriamente al régimen de capitalización individual del decreto ley N° 3.500. Se fundó en que los períodos de afiliación constituyen una línea previsional continua que no puede fraccionarse, salvo una solución de continuidad, la que no se acreditó, ya que las labores se extendieron más allá de la fecha alegada. Además, al no aportarse argumentación jurídica nueva, se ratificaron los dictámenes anteriores y se desestimó la reconsideración.