Resumen del criterio jurisprudencial
Los trabajadores del Sector Público que han hecho uso de una o más licencias médicas preventivas parentales tienen derecho a un permiso sin goce de remuneración, por un periodo máximo de hasta tres meses, durante el cual percibirán un bono mensual de cargo de la respectiva institución empleadora. Considerando que el beneficio señalado, corresponde a materias de índole estatutaria propias de la competencia de la Contraloría General de la República, esta Superintendencia carece de competencia para emitir un pronunciamiento a su respecto.