Resumen
Por otra parte, la Circular N° 12, del 22 de febrero de 1991, que imparte instrucciones sobre emisión de factura de moneda extranjera, establece que las facturas deben emitirse en moneda de libre curso legal (pesos), incluso aquellas operaciones efectuadas en moneda extranjera. Agrega que los contribuyentes que se encuentren en esta última situación, en las facturas de uso interno que deban otorgar, de acuerdo al D.L. N° 825, de 1974, su Reglamento e instrucciones, deben señalar siempre en moneda nacional, los precios unitarios si corresponden, el total respecto de cada producto o servicio, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el total final; pudiendo consignar en el espacio destinado al detalle del documento, los valores en moneda extranjera, con indicación del tipo de cambio utilizado q