Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra la Municipalidad de Lanco, relativo a información sobre el proyecto "Acercando la salud integrativa a la comunidad". Si bien el órgano reconoció que posee la información solicitada, no acreditó su entrega efectiva al reclamante. Por ello, se ordenó entregarla en un plazo de 5 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, previa reserva de datos personales (como RUT, domicilio, teléfonos, correo particular u otros) y de la imagen de las personas naturales que aparezcan en las fotografías. Además, debe acreditar la entrega ante el Consejo, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en 15 días corridos.