Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de Lanco, por la negativa a responder consultas relacionadas con temática indígena. El órgano debe responder las consultas formuladas, que pueden ser satisfechas con una respuesta afirmativa o negativa, y, si la respuesta es positiva, entregar el documento que contenga los antecedentes. Antes de la entrega deberán tarjarse los datos personales de contexto, como domicilio, teléfono, correo electrónico o RUT, conforme a la Ley sobre protección de la vida privada. La municipalidad tiene un plazo de 5 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada para cumplir y acreditar la entrega. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.