Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la asignación de mérito del artículo 30 bis de la ley N° 19.378, concluyendo que los porcentajes de sus tramos deben fijarse anualmente por el municipio, con antelación a la oportunidad en que resulte exigible su pago, aun cuando el beneficio se entere por parcialidades. El criterio se funda en que la asignación se otorga según las calificaciones de la anualidad precedente y se calcula sobre la base del sueldo base mínimo de la categoría del funcionario. En el caso, la Municipalidad de San Ignacio fijó tardíamente, el 22 de julio de 2013, los porcentajes para el período calificatorio 2011-2012. Por ello, el organismo resolvió que no era procedente tal fijación posterior y ordenó al municipio aplicar los porcentajes vigentes a la época en que el beneficio se hizo exigible, informando a la Contraloría Regional del Bío-Bío dentro de 15 días hábiles.