Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo interpuesto por un particular contra el Ejército de Chile, que había denegado la entrega de copia de los antecedentes relativos a los años en que el solicitante prestó servicios en la institución. El órgano reclamado sostuvo que la información no existía en sus registros. El Consejo concluyó que se encuentra acreditada la inexistencia de la información en poder del órgano, conforme al estándar fijado por la normativa de transparencia y la jurisprudencia del propio Consejo, sin que existieran antecedentes que permitieran desvirtuar lo señalado por la institución. En consecuencia, por unanimidad, rechazó el amparo. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de 15 días corridos desde la notificación.