Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Ejército de Chile, que había negado el acceso a los antecedentes del expediente de retiro de un ex integrante de la institución. El Consejo consideró que se trataba de información propia del reclamante, vinculada a un procedimiento administrativo en el que tenía calidad de interesado, y que incluía datos personales y sensibles, por lo que también se vinculaba al ejercicio del derecho de habeas data. Se descartó que la entrega afectara el privilegio deliberativo, al no acreditarse perjuicio al cumplimiento de las funciones del Servicio. Por ello, se ordenó entregar copia de los antecedentes que obraban en poder del órgano a la fecha de la solicitud, previa acreditación de identidad, dentro de un plazo de 5 días hábiles desde que la decisión quedara ejecutoriada, con acreditación posterior del cumplimiento ante el Consejo.