El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido en contra de la Subsecretarí…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido en contra de la Subsecretaría del Interior, que había negado el acceso a antecedentes sobre la extensión del beneficio de la Pensión de Gracia de la Cuenca del Carbón. Entre la información ordenada a entregar figuran memorándums, oficios, cometidos, viáticos y la nómina completa de beneficiarios. El Consejo fundó su decisión en que se trata de información pública y que no se alegó ninguna causal de secreto o reserva. Conforme al principio de divisibilidad de la Ley de Transparencia, deberán tarjarse los datos personales de contexto según la Ley N°19.628. Si parte de la información no obra en poder del órgano, deberá comunicarlo fundadamente al reclamante y al Consejo. El órgano deberá cumplir en un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada.
Normas citadas
Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada
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